Una guardia civil que ha denunciado a un superior por prevaricación corre ahora el riesgo de ir a la cárcel
La Audiencia Provincial de Sevilla ha dictaminado que la denuncia de la Sargento Serrano al Coronel Fernando Mora corresponde a la Jurisdicción militar, que no contempla el delito de «prevaricación de funcionarios públicos» y sí la pena por «falsa denuncia»
Existen ámbitos en los que denunciar hechos condenables puede ser la auténtica condena. «Llevo tres años viviendo un calvario», cuenta a este periódico María Serrano, que ingresó hace más de veinte a la Benemérita. Era marzo de 2015 cuando la sargento primero del Seprona de la Guardia Civil en Sevilla fue finalmente recibida por su coronel superior para abordar las irregularidades que la propia Serrano venía detectando en un subordinado, un cabo primero, como la de redactar él mismo los pliegos de descargos de sancionados e incluso durante su jornada de trabajo. En el ordenador del cabo, Serrano había encontrado pruebas de ello vinculadas a los pliegos de descargos a empresas a las que previamente habían sancionado él o funcionarios de la Junta de Andalucía por tráfico ilegal de productos pesqueros. Sin embargo, «y pese a la evidencia de los hechos», su más inmediato superior, un teniente, le había dicho que lo dejara y mirara para otro lado.
«Hubo un antes y un después para ella, tras la reunión que mantuvo finalmente con el coronel y otros dos mandos que estaban presentes. En esa reunión fue amenazada, vejada e insultada, el coronel le gritó perdiendo la compostura y le dijo que quien no encajaba en la unidad era ella y que era ella quien tenía que hacer las maletas e irse. Desde entonces comenzó a verse sometida a un acoso y derribo», cuenta el abogado de Serrano, Fermín Vázquez, que hace hincapié en que tresguardias civiles corroborarían luego en sede judicial los gritos que profirió el coronel.
Desde aquella reunión, dice la sargento, «empezaron a hostigarme como si fuera yo la criminal». Primero fue un expediente disciplinario y luego «multitud de resoluciones administrativas, tendentes a cesarla en su destino y privarla de su especialidad, que han originado 14 procedimientos judiciales, administrativos y disciplinarios. Así, se la ha excluido de dos concursos de méritos – algo que nunca ha ocurrido en la historia de la Guardia Civil – y se la destinó forzosamente a Madrid a una unidad de traslado de presos. Todo un dislate», enumera Vázquez.
Serrano denunciaría en julio de 2015 al coronel, al teniente de coronel y su inmediato superior por abuso de autoridad, extralimitación en el ejercicio del mando, deslealtad e incumplimiento de deberes inherentes al mando, entre un total de nueve puntos denunciados. El Juzgado Togado Central de Madrid – jurisdicción militar – se limitaría a seguir el criterio del ministerio fiscal y juzgar solo la reunión entre Serrano y sus superiores -algo que fuentes jurídicas achacan a que lo contrario hubiera acarreado una condena para el coronel, denunciando que lo habitual es evitar la condena a altos mandos. El Juzgado dictaminaría así que lo que sufrió la sargento fue una «riña paternal«. «¿Si no se tratara de una mujer sería lo mismo?», se pregunta el abogado de la sargento, que se siente «discriminada» por una justicia «machista» y que, en este caso, fue impartida por un «coronel juez» que comparte la misma profesión del denunciado.
Desde la primera reunión con mis superiores, empezaron a hostigarme como si fuera yo la criminal»
La sargento interpuso entonces una denuncia en la Justicia ordinaria por prevaricación contra el coronel Fernando Mora Moret por «encontrarse detrás de todas las maniobras para apartarla de su carrera profesional” y, al mismo tiempo, «el simple hecho de que el Código Militar vigente no contempla como delito la prevaricación (dictar resoluciones arbitrarias en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley) de funcionarios públicos».
El pasado lunes, sin embargo, la Audiencia Provincial de Sevilla dictaminó en un auto al que ha podido acceder Vozpópuli que la competencia sobre la denuncia recaerá en la Jurisdicción militar, «lo que conllevará, sin más, el archivo de las actuaciones», apunta Vázquez.
La Justicia militar no contempla la prevaricación
«Detesto victimizarme, no me sale, pero no concibo que después de haber denunciado irregularidades sea yo la que puede ir a la cárcel», se lamenta Serrano. «En el mundo militar, el que denuncia acaba denunciado, hay un efecto bumerán», añade su abogado. El temor de ambos emana de la denuncia que ha interpuesto contra Serrano el propio Mora Moret por «falsa denuncia», utilizando como principal argumento el referido fallo del Juzgado Togado Central de Madrid sobre la «riña paternal».
La denuncia de Mora Moret estaba suspendida precisamente a expensas del auto de la Audiencia Provincial de Sevilla, que ha acabado dictaminando que el asunto de la supuesta prevaricación de Mora Moret lo debe zanjar la Justicia militar porque los hechos denunciados «acontecieron en el ámbito de las relaciones jerárquicas propias del régimen castrense del que participa la Guardia Civil, y más concretamente en el seno de las potestades disciplinarias y organizativas propias asimismo del funcionamiento militar de la Guardia Civil, sin que ningún caso se afectara el desempeño de algún cometido policial» y no es competencia de la justicia ordinaria «como ya admitió, al menos tácitamente» la propia Serrano «cuando denunció los mismos hechos traídos a nuestra consideración ante la jurisdicción militar», según el auto.
Asimismo, el juez, frente al criterio de otras fuentes jurídicas, entiende que «los hechos denunciados en este procedimiento, aun cuanto se califiquen de delito de prevaricación del artículo 404 del código penal común, tienen encaje en el artículo 103 del código penal militar que castiga al superior que, abusando de sus facultades de mando o de su posición en el servicio, irrogare un perjuicio grave al inferior, le obligare a prestaciones ajenas al interés del servicio o le impidiese arbitrariamente el ejercicio de un derecho. La conclusión no puede ser otra que negar que los hechos objeto de la querella carezcan de encaje y tipificación en el código penal militar», dando curso a que el veredicto de la historia lo imparta la justicia militar.
«Me pueden caer seis meses de cárcel por falsa denuncia, y estoy seguro que van a usar más cosas para perjudicarme, pero voy a ir hasta el final», insiste la Sargento, que ha solicitado ya audiencias con el director de la Guardia Civil y los ministros de Defensa e Interior. Por lo pronto, ha recurrido ante el Tribunal de Estrasburgo la sentencia de la «riña paternal» y recurrirá ante el Tribunal Constitucional el auto que dictamina que sus denuncias son cosa de la justicia militar. «He recurrido y veremos que pasa, pero lo duro es ya de por sí esta justicia paralela que existe en el mundo militar».
Apoyo de la AUGC
«Efectivamente, el caso de María no es aislado, es una constante el calvario de aquellos y aquellos que se atreven a denunciar irregularidades o tienen simples desaveniencias con la cadena de mando», dice el portavoz de la Asociación Unificada de Guardias CivilesJuan Fernández. «Por aquello de la disciplina, en la justicia militar siempre tiene más peso la palabra del superior y eso, aplicado a los guardias civiles, supone un Estado dentro de otro Estado».
Así las cosas, desde la AUGC reivindican que se deje de aplicar el código penal militar a los guardias civiles y a su actividad, fundamentalmente policial y no militar. «A nuestro entender, solo cabe la jurisdicción militar ante un Estado de sitio o para misiones de guardias civiles en el extranjero, pero lo que esté fuera de esas excepciones amerita una jurisdicción ordinaria ya que lo contrario, que es lo que está sucediendo, constituye una aberración democrática».
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